A finales del pasado año 2020, el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba (TSJ) le concedió a la empresa Farmacity S.A. la medida de incumplir con la Ordenanza N° 12.816, vigente, que regula la instalación de farmacias en la Ciudad de Córdoba.
La mencionada Ordenanza, votada por unanimidad en el Concejo Deliberante de la segunda ciudad del país, es decir por todos y cada uno los representantes elegidos libremente por el pueblo, autoriza la instalación de cualquier farmacia siempre y cuando esté ubicada a 300 metros de otra ya instalada.
En diálogo con #AlassiaEsNoticia Germán Daniele, Presidente del Colegio de Farmacéuticos dijo «expresamos nuestra profunda indignación y rechazo a la Medida Cautelar otorgada por el TSJ a Farmacity por estar está más cerca del atropello que de lo ecuánime».
El medicamento no es una mercancía sino un bien social. Las farmacias no somos supermercados sino establecimientos sanitarios que ponemos a disposición de las personas los medicamentos ya sea en las grandes ciudades como en pequeños pueblos. «Esta es la diferencia entre comercio y servicio».
«Esta empresa recurre al tribunal superior, este le da una cautelar a favor de la empresa y le dice a la municipalidad que le permita abrir estos locales hasta que se resuelva la cuestión de fondo que es, la inconstitucionalidad de la ordenanza».
«Esto es a favor de 24 farmacias con una economía muy frágil que se van a ver afectadas por la medida, pretendemos que se escuche y se atienda esta realidad. Pedimos que el tribunal Superior, nos permita plantear nuestros argumentos y entendemos que la ley tiene que ser pareja para todos».